Funcionamiento
El funcionamiento del Concejo Municipal de Romang se rige por lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, por su Reglamento Interno - Resolución N°03/2018 y por las disposiciones que el Cuerpo adopta en el ejercicio de su autonomía institucional.
El Cuerpo está integrado por seis Concejales que ejercen sus funciones por un período determinado, con posibilidad de reelección.
Las Sesiones del Concejo Municipal serán:
-ORDINARIAS: Las que se celebren en los días y horarios establecidos, durante los meses de marzo a diciembre inclusive, de cada año. Actualmente se realizan los días martes a las 14:00hs en la Sala de Sesiones y son públicas.
-EXTRAORDINARIAS: Las que se celebren fuera de las Ordinarias o de Prórroga.
a) Durante el periodo de receso: Por convocatoria del Departamento Ejecutivo, siempre que así lo requiera algún asunto grave y urgente o lo solicitare la mitad más uno de los Concejales en ejercicio.
b) Dentro de los períodos ordinarios: Las que celebre el Concejo Municipal por propia determinación.
-PRÓRROGA: Las que se realicen a continuación del período ordinario, sea por decisión del propio Concejo o determinación del Departamento Ejecutivo Municipal y por tiempo limitado no mayor a 30 días.
-SECRETAS: Las que se realicen en tal carácter cuando así lo requiera la índole de los asuntos a tratarse, previa resolución de la mayoría del Concejo.
Además, se reúnen los días jueves a las 14:00hs en Reunión de Comisión a fin de trabajar, estudiar y dictaminar sobre los proyectos presentados en el Recinto.
La labor legislativa incluye la presentación de proyectos de:
-ORDENANZA: Todo dictamen o proyecto destinado a legislar o dictar disposiciones de carácter permanente o a reformar, abolir o suspender otra Ordenanza, institución o regla general.
-DECRETO: Toda proposición que tenga por objeto otorgar toda clase de autorizaciones, peticiones, exoneraciones, pagos y disponer la realización de obras, manifestar su voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado, o adoptar reglas referentes a procedimientos administrativos.
-RESOLUCIÓN: Toda proposición de carácter denegatorio, que tenga por objeto el rechazo de solicitudes particulares o de proyectos, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna del Concejo, en general toda disposición de carácter imperativo que no requiera el “cúmplase” del Departamento Ejecutivo.
-MINUTAS DE COMUNICACIÓN: Toda disposición destinada a requerir informes, recomendar, solicitar o exponer algo al Departamento Ejecutivo.
-DECLARACIÓN: Toda proposición que tenga por objeto expresar la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público.
Los proyectos se deben presentar con sus fundamentos por escrito y firmados por uno o más Concejales, en Mesa de Entrada de Secretaría hasta las 12hs del día anterior al fijado para la Sesión.
El funcionamiento del Concejo Municipal de Romang garantiza el ejercicio democrático del poder legislativo local, favoreciendo el debate plural, el control institucional y la elaboración de normas orientadas al bienestar común de la comunidad romanense.